La consecución de la igualdad real y efectiva de trato y de oportunidades para las mujeres en el mundo laboral, precisa de un conjunto coordinado de diversas actuaciones, unas del Estado y otras de la propia sociedad civil vertebrada a través de organizaciones de carácter público y personal.
De este modo la exposición de los motivos de la Ley Orgánica 3/2007 del 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, dispone que ésta pretende promover la adopción de las medidas concretas a favor de la igualdad de empresas, situándolas en el marco de la negociación colectiva, para que sean las partes, libre y responsablemente, las que acuerden su contenido.
Contar con una mayor y mejor presencia de las mujeres, en todos los sectores económicos, es una cuestión de justicia social, y también una demanda de eficiencia y de rentabilidad económica.
Una buena práctica de integración de la perspectiva de igualdad, en el ámbito laboral, debe englobar acciones que contribuyan a una mayor igualdad entre mujeres y hombres en cualquiera área de intervención y, además, debe tener resultados perceptibles. Constituyen una herramienta muy útil porque permiten que las empresas, los agentes sociales, las Administraciones y la sociedad en general conozcan las experiencias exitosas realizadas para promover la igualdad y puedan aplicarlas en su propio ámbito de actuación, de forma que se: