Red Gallega de Acogida

¿Qué es?

Es una red de recursos especializados residenciales y temporales,  configurada por diferentes centros de acogida que ofrecen acogida, atención y recuperación a las mujeres que sufren violencia de género y a las y los menores a su cargo que requieren un espacio de protección debido a la situación de indefensión o riesgo causada por la violencia de género. 

 

¿A quién va dirigida?

A mujeres víctimas de violencia de género y a las y los menores a su cargo.

Para el acceso a la Red gallega de acogida deberá ser acreditada la situación de violencia de género en los términos establecidos en el artículo 5 de la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género. Es decir, a través de alguno de los siguientes documentos:

  • Certificación de la orden de protección o de la medida cautelar, o testimonio o copia autenticada por la secretaria o por el secretario judicial de la propia orden de protección o de la medida cautelar.
  • Sentencia de cualquier orden jurisdiccional que declare que la mujer sufrió violencia en cualquiera de las modalidades definidas en la Ley 11/2007.
  • Certificación y/o informe de los servicios sociales y/o sanitarios de la Administración pública autonómica o local.
  • Certificación de los servicios de acogida de la Administración pública autonómica o local.
  • Informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de violencia de género.
  • Informe de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social.
  • Cualquier otra que se establezca reglamentariamente.
  • En el caso de víctimas de trata de seres humanos con fines de explotación sexual, deberá presentarse la acreditación administrativa correspondiente.

 

¿Quién puede solicitar el acceso?

La solicitud de acceso se realizará mediante procedimientos protocolizados de derivación. Las entidades que pueden derivar son las siguientes:

  • Centros de Información a la Mujer
  • Centros de crisis 24 horas
  • Servicios sociales comunitarios y servicios sociales especializados de Galicia
  • Centros adscritos al Servicio Gallego de Salud (hospitales, centros de salud, etc.)
  • Juzgados radicados en Galicia
  • Oficinas de Asistencia a las Víctimas del Delito (OAVD)
  • Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado radicados en Galicia, Policía Autonómica y Policía Local de Galicia.
  • Organismos con competencia en atención y acogida a mujeres en situación de violencia de género de otras Comunidades Autónomas, Ciudades Autónomas u organismos con competencia en materia de igualdad de otros países.
  • Entidades o asociaciones que tengan subscritos convenios de colaboración en materia de tratamiento de la violencia de género con la Xunta de Galicia o que acrediten una colaboración estable en el ámbito de la igualdad y la prevención y lucha contra la violencia de género.
  • Entidades que conforman la Red gallega contra la trata en el caso de víctimas de trata de seres humanos con fines de explotación sexual. 

¿Quién forma parte de la Red?

Actualmente forman parte de la Red gallega de acogida los siguientes centros:

  • Casa de acogida de A Coruña
  • Casa de acogida de Ferrol
  • Pisos de acogida de Lugo
  • Casa de acogida de Ourense
  • Centro de emergencia de Vigo
  • Vivienda para mujeres con enfermedad mental
  • Viviendas de acogida de Chantada

Podrán adherirse a la Red gallega de acogida todos los centros de acogida que cumplan con los requisitos y características que se establezcan reglamentariamente.

¿Quién coordina la Red gallega de acogida?

El Centro de recuperación integral para mujeres que sufren violencia de género (CRI) actúa como centro coordinador de la Red gallega de acogida, siendo el responsable de coordinar el acceso a la Red gallega de acogida y de tramitar las derivaciones de víctimas de violencia de género fuera de Galicia y receptor de las que lleguen a nuestra comunidad derivadas desde otras partes del Estado.