¿Qué es?
Es un documento que acredita, con efectos administrativos y de carácter social, las situaciones de trata y explotación sexual, a los efectos de lo previsto en el artículo 47 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.
Esta acreditación tiene eficacia en todo el territorio del Estado y facilita el acceso al ejercicio de los derechos de información y a la derivación a recursos asistenciales establecidos en la normativa estatal y en el artículo 12 del Convenio de Varsovia, y, en el caso de cumplir el resto de requisitos, al Ingreso Mínimo Vital regulado en la Ley 19/2021, de 20 de diciembre.
¿A quién va dirigido?
A víctimas de trata con fines de explotación sexual y/o víctimas de explotación sexual.
¿Quién puede solicitarlo?
Las organizaciones especializadas o con experiencia acreditada en la detección, atención y protección de las víctimas de trata con fines de explotación sexual y de explotación sexual habilitadas para emitir los informes de detección en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia:
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Accem San Pedro de Mezonzo. A Coruña |
Aliad-Ultreia Lugo |
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Cáritas Diocesana (Lugo) Lugo |
Hermanas Oblatas del Santísimo Redentor (Ferrol) Ferrol |
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Cáritas Diocesana (Santiago de Compostela) Programa Luciérnaga |
Cruz Roja Española C/ Cruz Roja Española 1 |
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Asociación Faraxa por la Abolición de la Prostitución Vigo |
Ecos del Sur A Coruña (zona Santa Margarita) |
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Médicos del Mundo Galicia C/ Galeras, 13 2º Local 6-7 |
Cáritas Diocesana (Ourense) Programa Alumar |
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Ong Fiet Gratia Tel. 681 059 834 |
Fundación de Solidaridad Amaranta Tel. 680 107 945 |
¿Cuándo se solicita?
Cuando se detecte una víctima de trata con fines de explotación sexual y/o víctima de explotación sexual.
¿Cómo se solicita?
Presentando un informe de detección de posible víctima de trata y/o explotación sexual.
En este informe de detección se recogerán los aspectos relativos a las circunstancias que presenta la mujer y que determinan la existencia de indicios compatibles con estar sufriendo una situación de trata o explotación sexual o una situación de vulnerabilidad a posibles abusos o actos de explotación, así como la necesidad o demanda que es necesario cubrir, de forma que se pueda derivar, por la administración competente, al servicio más adecuado para dar cobertura a la necesidad detectada.
El informe de detección deberá ser firmado por la persona coordinadora o responsable del servicio público, recurso especializado, ONG o entidad especializada habilitada para eso.
Por su parte, la mujer solicitante, deberá firmar el correspondiente consentimiento informado, a los efectos de información y tratamiento de los datos de carácter personal.
¿Dónde se solicita?
En la relación de entidades que acreditan la condición de víctima:
- Servicios sociales de la Administración Pública, autonómica o local.
- Centros de la Red Gallega de Información a Mujeres.
- Centros de la Red Gallega de Acogida.
- Servicios sociales comunitarios y especializados de Galicia, dependientes o adscritos al Órgano competente en Violencia de Género de la Xunta de Galicia.