Observatorio Gallego de la Violencia de Género

El Observatorio Gallego de la Violencia de Género es un órgano colegiado e institucional de Galicia encargado del estudio, de la evaluación y del seguimiento de las políticas contra la violencia de género que se desarrollen en Galicia.

Funciones

  • Actuar como órgano de recogida, análisis y difusión de información relativa a la violencia de género.
  • Formular recomendaciones y propuestas tendentes la mejorar los indicadores y sistemas de información utilizados por los servicios en materia de violencia contra la mujer y a promover mejoras en la oferta de los diferentes recursos que incidan en el ámbito de la violencia de género en la Comunidad Autónoma.
  • Mantener relaciones de coordinación y colaboración con los distintos organismos internacionales, estatales, autonómicos y locales que tengan encomendadas funciones de naturaleza similar.
  • Elaborar informes sobre la violencia de género en Galicia.
  • Proponer la realización de investigaciones y estudios específicos para la prevención y erradicación de la violencia de género.
  • Analizar la adecuación de las medidas integrales dirigidas a las víctimas de violencia de género, investigando sus consecuencias y efectos.
  • Proponer medidas y acciones dirigidas a la prevención y erradicación de la violencia de género y a la mejora de la situación de las mujeres víctimas de esa violencia.
  • Proponer medidas y acciones dirigidas a la prevención de la violencia de género en el ámbito educativo.
  • Actuar como órgano de vigilancia, asesoramiento y denuncia en materia de erradicación de la discriminación por razón de sexo en publicidad.
Pleno do Observatorio de Violencia de xénero

COMPOSICIÓN

El Observatorio Gallego de la Violencia de Género tiene la siguiente composición:

  • Presidencia: la persona titular de la consellería de la que dependa orgánicamente el órgano de la Administración general de la Comunidad Autónoma competente en materia de igualdad.
  • Vicepresidencia: la persona titular del órgano de la Administración general de la Comunidad Autónoma competente en materia de igualdad.
  • Vocales:
    • Una persona en representación de cada uno de las siguientes consellerías y organismos, con nivel de secretario/a general técnico/a, director/a general o equivalente:
      • Consellería competente en materia de hacienda.
      • Consellería competente en materia de educación.
      • Consellería competente en materia de sanidad.
      • Consellería competente en materia de empleo.
      • Consellería competente en materia de política social.
      • Consellería competente en materia de vivienda.
      • Instituto Gallego de Estadística.
    • La persona titular del órgano de la Administración general de la Comunidad Autónoma competente en materia de emigración.
    • La persona titular de las siguientes direcciones generales, u órganos equivalentes:
      • Dirección general competente en materia de justicia.
      • Dirección general competente en materia de interior.
      • Dirección general competente en materia de administración local.
      • Dirección general competente en materia de función pública.
    • Una persona en representación de la unidad contra la violencia de género de la Delegación del Gobierno en Galicia.
    • El/a presidente/a de la Federación Gallega de Municipios y Provincias o persona en quien delegue.
    • Una persona en representación de la Fiscalía Superior de la Comunidad Autónoma de Galicia, nombrada por la Fiscalía General del Estado.
    • Una persona en representación del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, nombrada por el Consejo General del Poder Judicial.
    • El/a director/a general de la Corporación Radio Televisión de Galicia, S.A. o persona en quien delegue.
    • Tres vocales en representación de las organizaciones empresariales intersectoriales gallegas más representativas.
    • Un/una vocal en representación de cada una de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas.
    • Tres vocales en representación de las asociaciones de mujeres y federaciones constituidas por estas, con representación en el Consejo Gallego de las Mujeres.
    • Un/una vocal en representación del Consejo de la Abogacía Gallega.
    • Un/una vocal en representación del Colegio Oficial de Psicología de Galicia.
    • Un/una vocal en representación del Colegio Oficial de Trabajo Social de Galicia.
    • Un/una vocal en representación del Colegio Oficial de Educación Social de Galicia.
  • La Secretaría, con voz pero sin voto, le corresponderá a la persona titular de la Subdirección General, u órgano administrativo equivalente, que tenga atribuida la función de tratamiento de la violencia de género.

GRUPOS DE TRABAJO

Grupo de trabajo 1: ELABORACIÓN DE UN PROTOCOLO DE COORDINACIÓN INSTITUCIONAL FRENTE A LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN LA CCAA DE GALICIA

Grupo de trabajo 2: LA VOZ DE LAS VÍCTIMAS

Grupo de trabajo 3: ABORDAJE DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO CON LA JUVENTUD DESDE El ÁMBITO EDUCATIVO

Grupo de trabajo 4: PAUTAS PARA LA PREVENCIÓN Y El TRATAMIENTO DE LAS DISTINTAS FORMAS DE VIOLENCIA SEXUAL

Grupo de trabajo 5: La TRATA Y OTRAS FORMAS DE EXPLOTACIÓN SEXUAL EN CONTEXTOS DE PROSTITUCIÓN