El Observatorio Gallego de la Violencia de Género es un órgano colegiado e institucional de Galicia encargado del estudio, de la evaluación y del seguimiento de las políticas contra la violencia de género que se desarrollen en Galicia.
Funciones
- Actuar como órgano de recogida, análisis y difusión de información relativa a la violencia de género.
- Formular recomendaciones y propuestas tendentes la mejorar los indicadores y sistemas de información utilizados por los servicios en materia de violencia contra la mujer y a promover mejoras en la oferta de los diferentes recursos que incidan en el ámbito de la violencia de género en la Comunidad Autónoma.
- Mantener relaciones de coordinación y colaboración con los distintos organismos internacionales, estatales, autonómicos y locales que tengan encomendadas funciones de naturaleza similar.
- Elaborar informes sobre la violencia de género en Galicia.
- Proponer la realización de investigaciones y estudios específicos para la prevención y erradicación de la violencia de género.
- Analizar la adecuación de las medidas integrales dirigidas a las víctimas de violencia de género, investigando sus consecuencias y efectos.
- Proponer medidas y acciones dirigidas a la prevención y erradicación de la violencia de género y a la mejora de la situación de las mujeres víctimas de esa violencia.
- Proponer medidas y acciones dirigidas a la prevención de la violencia de género en el ámbito educativo.
- Actuar como órgano de vigilancia, asesoramiento y denuncia en materia de erradicación de la discriminación por razón de sexo en publicidad.
COMPOSICIÓN
El Observatorio Gallego de la Violencia de Género tiene la siguiente composición:
- Presidencia: la persona titular de la consellería de la que dependa orgánicamente el órgano de la Administración general de la Comunidad Autónoma competente en materia de igualdad.
- Vicepresidencia: la persona titular del órgano de la Administración general de la Comunidad Autónoma competente en materia de igualdad.
- Vocales:
- Una persona en representación de cada uno de las siguientes consellerías y organismos, con nivel de secretario/a general técnico/a, director/a general o equivalente:
- Consellería competente en materia de hacienda.
- Consellería competente en materia de educación.
- Consellería competente en materia de sanidad.
- Consellería competente en materia de empleo.
- Consellería competente en materia de política social.
- Consellería competente en materia de vivienda.
- Instituto Gallego de Estadística.
- La persona titular del órgano de la Administración general de la Comunidad Autónoma competente en materia de emigración.
- La persona titular de las siguientes direcciones generales, u órganos equivalentes:
- Dirección general competente en materia de justicia.
- Dirección general competente en materia de interior.
- Dirección general competente en materia de administración local.
- Dirección general competente en materia de función pública.
- Una persona en representación de la unidad contra la violencia de género de la Delegación del Gobierno en Galicia.
- El/a presidente/a de la Federación Gallega de Municipios y Provincias o persona en quien delegue.
- Una persona en representación de la Fiscalía Superior de la Comunidad Autónoma de Galicia, nombrada por la Fiscalía General del Estado.
- Una persona en representación del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, nombrada por el Consejo General del Poder Judicial.
- El/a director/a general de la Corporación Radio Televisión de Galicia, S.A. o persona en quien delegue.
- Tres vocales en representación de las organizaciones empresariales intersectoriales gallegas más representativas.
- Un/una vocal en representación de cada una de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas.
- Tres vocales en representación de las asociaciones de mujeres y federaciones constituidas por estas, con representación en el Consejo Gallego de las Mujeres.
- Un/una vocal en representación del Consejo de la Abogacía Gallega.
- Un/una vocal en representación del Colegio Oficial de Psicología de Galicia.
- Un/una vocal en representación del Colegio Oficial de Trabajo Social de Galicia.
- Un/una vocal en representación del Colegio Oficial de Educación Social de Galicia.
- Una persona en representación de cada uno de las siguientes consellerías y organismos, con nivel de secretario/a general técnico/a, director/a general o equivalente:
- La Secretaría, con voz pero sin voto, le corresponderá a la persona titular de la Subdirección General, u órgano administrativo equivalente, que tenga atribuida la función de tratamiento de la violencia de género.
SESIONES PLENARIAS
GRUPOS DE TRABAJO
Grupo de trabajo 1: ELABORACIÓN DE UN PROTOCOLO DE COORDINACIÓN INSTITUCIONAL FRENTE A LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN LA CCAA DE GALICIA
Grupo de trabajo 2: LA VOZ DE LAS VÍCTIMAS
Grupo de trabajo 3: ABORDAJE DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO CON LA JUVENTUD DESDE El ÁMBITO EDUCATIVO
Grupo de trabajo 4: PAUTAS PARA LA PREVENCIÓN Y El TRATAMIENTO DE LAS DISTINTAS FORMAS DE VIOLENCIA SEXUAL
Grupo de trabajo 5: La TRATA Y OTRAS FORMAS DE EXPLOTACIÓN SEXUAL EN CONTEXTOS DE PROSTITUCIÓN