Ayudas periódicas para mujeres que sufren violencia de género. Año 2018

RESOLUCIÓN de 22 de noviembre de 2018, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se amplía la dotación presupuestaria de la Resolución de 12 de diciembre de 2017, por la que se regulan las bases para la concesión de las ayudas establecidas en el artículo 27 de la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, y en el artículo 43 de la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género, y se procede a su convocatoria para el año 2018.

En el Diario Oficial de Galicia de 2 de enero de 2018 se publicó la Resolución de 12 de diciembre de 2017, de la Secretaría General de Igualdad, por la que se regulan las bases para la concesión de las ayudas establecidas en el artículo 27 de la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, y en el artículo 43 de la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género, y se procede a su convocatoria para el año 2018.

En el artículo 4 de la citada resolución se establece que para la concesión de estas ayudas se destina crédito por el importe y en las aplicación siguientes:

– Ayuda establecida en el artículo 27 de la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género: 400.000 euros en la aplicación presupuestaria 05.11.313D.480.0, código de proyecto 2015 00180.

– Indemnización establecida en el artículo 43 de la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género: 55.000 euros en la aplicación presupuestaria 05.11.313D.480.1, código de proyecto 2015 00150.

Este crédito, según lo establecido en dicho artículo, podrá ser ampliado cuando el aumento venga derivado de su previsión legal o de alguno de los supuestos previstos en el artículo 30.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

En la fecha actual, dado el volumen de solicitudes presentadas de la ayuda establecida en el artículo 27 de la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, y que no pueden ser atendidas por el agotamiento del crédito inicialmente asignado, así como las necesidades de las posibles beneficiarias, resulta necesario incrementar la dotación presupuestaria destinada a esta ayuda.

Por todo lo expuesto y en el uso de las facultades que tengo atribuidas,

DISPONGO:

Artículo único

Primero. Se amplía la dotación presupuestaria asignada para la concesión de la ayuda establecida en el artículo 27 de la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género en la cuantía de 100.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 05.11.313D.480.0, código de proyecto 2015 00180.

Segundo. Esta ampliación no afecta al plazo establecido en la referida resolución para la presentación de solicitudes.

Disposición final

Esta resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 22 de noviembre de 2018

Susana López Abella
Secretaria general de la Igualdad

Bases reguladoras castellano

Anexos SI434A castellano

Convocatoria DOG castellano

Extracto de la convocatoria castellano