El objetivo de esta línea de ayudas, cofinanciada por el Fondo Social Europeo, es promover la elaboración de puesta en marcha de planes o acciones a favor de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral que contribuyan además a superar los estereotipos que adscriben a hombres y mujeres a determinadas tareas y funciones tanto en el ámbito profesional como en el ámbito personal y familiar.
Entidades beneficiarias
Pequeñas y medianas empresas domiciliadas en Galicia o respeto de los centros de trabajo establecidos en Galicia.
Acciones subvencionables
Se podrá conceder subvención para la financiación de las siguientes actuaciones, siempre que su realización no sea anterior al 1 de enero de 2008:
El importe de las subvenciones será como máximo del 50% del presupuesto total de la actividad realizada, estableciéndose además, según la naturaleza de la actuación, los siguientes límites.
Se hará un primer pago del 30% de la subvención concedida, en concepto de adelanto, en el momento de la notificación de la resolución.
Normativa reguladora
Orden del 21 de noviembre de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, destinadas a pequeñas y medianas empresas (Pymes) para la realización de planes o acciones a favor de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral (Diario Oficial de Galicia nº 235, del 3 de diciembre de 2008).
Plazo de solicitud
El plazo de presentación de solicitudes y demás documentación requerida en la orden de convocatoria comienza el día 4 de diciembre de 2008 y termina el día 3 de enero de 2009.