Ayudas económicas destinadas a fomentar el asociacionismo y la participación de las mujeres

El Diario Oficial de Galicia publica la resolución del 14 de julio de 2009, de la Secretaría Xeral da Igualdade, por la que se regulan las bases que regirán el procedimiento de concesión de ayudas económicas destinadas a fomentar el asociacionismo y la participación de las mujeres y si procede a su convocatoria.

Esta resolución tiene por objeto fijar las bases reguladoras y la convocatoria, para el año 2009, de ayudas económicas en favor de las asociaciones de mujeres y federaciones constituidas por estas, con la finalidad de fortalecer y consolidar el movimiento asociativo y potenciar el empoderamento y la participación social de las mujeres gallegas a través de las siguientes líneas:

  • Línea 1: destinada a compensar gastos corrientes que originen el mantenimiento y funcionamiento de las asociaciones de mujeres y sus federaciones.
  • Línea 2: destinada a compensar gastos corrientes y/o de personal producidos polo desarrollo de programas destinados a la promoción y a la formación de mujeres.
  • Las ayudas podrán ser solicitadas por las asociaciones de mujeres y federaciones constituidas por estas domiciliadas en la Comunidad Autónoma de Galicia, sin ánimo de lucro, legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales, en el área de actuación de la mujer.

Los fines y objetivos de las asociaciones y de las federaciones solicitantes deberán contribuir a:

  • Promover la igualdad entre hombres y mujeres.
  • Promover la participación y la presencia de las mujeres en la vida política, económica, cultural y social.

Solicitudes, documentación y plazo:

Las entidades que deseen solicitar las ayudas reguladas en esta resolución deberán dirigir su solicitud a la Secretaría Xeral da Igualdade, según el modelo oficial que figura como anexo I de esta resolución.

Las solicitudes junto con la documentación requerida deberán presentarse en la oficina de registro único e información en el complejo administrativo de San Caetano, mediante instancia normalizada debidamente cubierta, bien directamente o bien a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

El plazo de presentación de solicitudes termina el lunes 17 de agosto.

Estado de tramitación: 
Resuelta