Indemnizaciones de pago único del artículo 43º de la ley 11/2007 para víctimas de violencia de género

Esta resolución tiene por objeto regular las bases y el procedimiento para la concesión, bajo el régimen de concurrencia no competitiva, de las indemnizaciones, de pago único, a favor de las mujeres que sufren violencia de género y/o de las y de los menores o personas dependientes afectadas por esta, para dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 43 de la Ley 11/2007, del 27 de julio, para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género.

La finalidad de estas ayudas es evitar situaciones de precariedad económica de las víctimas de violencia de género, garantizando que las mujeres y/o las y los menores o personas dependientes, residentes en Galicia, que sufran o se vean afectadas por este tipo de violencia puedan percibir las indemnizaciones, fijadas mediante sentencia judicial dictada por los juzgados y tribunales con sede en territorio gallego, que les correspondan por daños y pérdidas ocasionados como consecuencia de la dicha violencia, en caso de que no se produzca el pago de las citadas indemnizaciones por parte del obligado a satisfacerlas derivado de su insolvencia.

Estado de tramitación: 
Resuelta