El Servicio Galego de Igualdade convoca ayudas y subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro, para centros y recursos integrales para mujeres, que tiene un presupuesto de 1.165.500 euros y está cofinanciada en un 80% con Fondo Social Europeo.
Objeto:
Ayudas del Servicio Gallego de Igualdad (SGI) tienen como finalidad colaborar económicamente con las entidades de iniciativa social para el mantenimiento de centros y el desarrollo de recursos integrales, incluidos los proyectos formativos para el empleo, dirigidos a las mujeres.
Consisten en dos líneas de ayuda:
Ayudas económicas de apoyo al mantenimiento de centros de atención especializada a mujeres en los que se ofrece asistencia básica a las mujeres en situación de exclusión especial y programas de apoyo; para la realización de recursos integrales de ayuda para mujeres en situación de riesgo o en proceso de exclusión social, recursos integrales de apoyo a mujeres en situación de especial protección; programas de apoyo y acompañamento dirigidos a víctimas de violencia de género; y aquellos otros que se definan para mujeres en situación de especial discriminación o desigualdad susceptibles de inclusión en el ámbito de esta resolución.
Ayuda económica para la realización de proyectos formativos para mujeres dirigidos a su integración laboral o avance de su empregabilidad, destinados la aquellas que se encuentran en situación de riesgo de exclusión o de especial discriminación o desigualdad
Beneficiarias:
Entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro, inscritas en el área de igualdad del registro de entidades prestadoras de servicios sociales, con la finalidad de apoyar el desarrollo de recursos especializados para las mujeres que se encuentran en situaciones de especial vulnerabilidad, de contribuir también al mantenimiento de centros que acogen a mujeres sin recursos con dificultades especiales, además de considerar ayudas específicas para el desarrollo de actividades formativas vinculadas a la empregabilidad femenina, todo eso con el objetivo prioritario de la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres.
Requisitos:
No podrán obtener esta condición con carácter específico aquellas que habían resultado adjudicatarias en ejercicios anteriores de ayudas de este organismo para el mismo o análogo programa y no habían justificado su inversión, y con carácter general aquellas entidades en las cuales concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, del 13 de junio, de subvenciones de Galicia. La acreditación de no estar incursas en dichas circunstancias se realizará mediante declaración responsable del/la interesado/a.
Plazo de presentación:
Las solicitudes de ayuda podrán presentarse durante un mes contando a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia (DOG), es decir, desde el 20 de agosto de 2010 hasta el 20 de septiembre de 2010.
Plazo de resolución:
El plazo de resolución de la subvención es de 4 meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el DOG.